Son muchas las preguntas que nos hacemos tras un accidente de tráfico.
La respuesta a todas ellas, estará condicionada por el factor culpa, es decir, por quién haya sido el responsable o causante del accidente.
Cuando existen dudas para determinar el factor culpa es necesario solicitar la presencia de la autoridad competente, ésta determinará mediante un informe (atestado) las causas del accidente.
La responsabilidad del causante no condicionará los derechos del los perjudicados.
¿Qué derechos tengo si soy perjudicado?
¿Tengo derecho a solicitar una indemnización por mis lesiones?
¿Qué tengo que hacer para cobrar una indemnización por lesiones?
¿Qué indemnización me corresponde por las lesiones sufridas?
¿Puedo reparar mi coche si lo han declarado pérdida total?
¿Y escoger el taller donde quiero que se repare?
¿Tus intereses son los mismos que los de tu aseguradora?
¿Qué tengo que hacer?
> Todos los perjudicados que hayan sufrido lesiones en una accidente de tráfico, tienen derecho a ser resarcidos.
> En el caso de haber sufrido lesiones en un accidente es preciso y necesario acudir al servicio público de salud o a la mutua de tu trabajo en un plazo máximo de 72 horas.
> La indemnización de las lesiones se determinará por el tiempo de curación y las secuelas producidas.
> El propietario del vehículo puede escoger libremente el taller donde quiere repararlo.
> No aceptes las imposiciones de las aseguradoras, tus derechos están protegidos por la ley.
Si has sufrido un accidente de tráfico ponte en contacto con nosotros cuanto antes y cuéntanos tu caso. Las primeras acciones pueden condicionar el resultado de tu reclamación.
Las personas lesionadas tienen 72 horas para acudir al Servicio de Urgencias de un Centro Sanitario Público (Hospital) o a su Mutua de Trabajo en el caso de accidente laboral. En el caso de que aparezcan nuevos síntomas o un empeoramiento de las lesiones, es conveniente volver a consultar nuevamente en dichos Centros Sanitarios con el fin de que sean tratadas y recogidas en un nuevo informe para una posterior reclamación.
Tan pronto como sea posible, incluso si no consideras que es tu culpa. La mayoría de las pólizas requieren que se informe de los accidentes en un plazo máximo de siete días.
No es necesario esperar a que las aseguradoras nos faciliten un tratamiento, lo más importante es tu salud y según las lesiones ocasionadas durante el accidente, es de suma importancia comenzar el tratamiento cuanto antes, en Reclamatuseguro.es contamos con clínicas privadas que te proporcionan el tratamiento necesario para tu total recuperación así como, de la elaboración de los informes médicos y periciales necesarios para poder reclamar la indemnización correspondiente al tiempo de curación y a las posibles secuelas.
La responsabilidad se determina según las circunstancias del accidente y la aceptación mediante la firma de ambos conductores.
La forma más habitual es mediante la Declaración Amistosa de Accidentes (D.A.A.), en este documento, también llamado parte de accidente, se deben recoger datos como; fecha, hora y lugar del accidente, datos de los vehículos implicados, matrículas y sus aseguradoras. Si es posible, realizar un pequeño croquis de las circunstancias o mecánica del accidente. También se puede detallar brevemente las causas del mismo y de quien ha sido la culpa.
En el caso de no llegar a un acuerdo amistoso, se deberá solicitar la presencia de la autoridad competente, Guardia Civil o Policía Local.
Sí puedes y debes reclamar los daños personales.
Los daños personales se valoran mediante un baremo que cifra la indemnización a reclamar.
Es muy importante que haya informes médicos del seguimiento recibido durante el proceso de recuperación a través de los servicios médicos de la Seguridad Social, Mutua de Trabajo e incluso de médicos privados. NO ES RECOMENDABLE UTILIZAR LOS OFRECIDOS POR LAS ASEGURADORAS.
Puedes reclamar más dinero por tu vehículo, NO ACEPTES LOS VALORES QUE TE OFRECE LA ASEGURADORA SIN CONSULTAR ANTES CON NOSOTROS.
No es que puedas, DEBEN indemnizarte por el tiempo que has tardado en recuperarte, así como por las secuelas y gastos derivados del accidente. Todo ello viene establecido en un baremo.
NO DEJES NADA AL AZAR
Si, lo necesitas. Tu aseguradora te puede nombrar uno propio o si lo deseas, puedes nombrar uno de libre designación a través de la garantía de Defensa Jurídica. Lo paga tu compañía.
La indemnización por daños personales se calcula teniendo en cuenta factores como el tiempo de recuperación, secuelas, daños morales, gastos y perjuicios económicos.
Si la compañía de seguros rechaza tu reclamación, puedes solicitar nuestro asesoramiento gratuito.
Normalmente es tu propia aseguradora a través de su gabinete pericial quien evalúa los daños y la que finalmente decide si es más viable económicamente declarar los daños de tu vehículo “Pérdida Total” o repararlo.
Las opciones dependen de ti mismo y de tus necesidades económicas y te harás preguntas como:
¿Tengo que aceptar la indemnización ofrecida?
¿Qué puedo comprar con el dinero que me dan?
¿Puedo reparar el coche por mi cuenta?
Si te enfrentas con una valoración económica injusta tras un accidente de tráfico, o crees que el valor asignado no es el que te corresponde, no lo aceptes y actúa.
¡LLÁMANOS! Valoraremos correctamente los daños de tu coche e incluso gestionaremos su reparación sin que tengas que adelantar su importe. La reparación la pagará la aseguradora.
¡Ejerce tu derecho a obtener una indemnización correcta por tu coche hoy mismo!