Accidentes de circulación.
La existencia de un seguro obligatorio de responsabilidad civil hace que sea la compañía aseguradora del vehículo culpable del accidente esté obligada a indemnizar al perjudicado.
Será necesaria denuncia y el ejercicio de la acusación particular para lograr la indemnización a la que tiene derecho el perjudicado. La cuantía de la indemnización vendrá determinada por la aplicación del baremo, éstos, son actualizados anualmente, según establece el Real Decreto Legislativo 8/2004 de 29 de Octubre.
Indemnizaciones.
Quien sufre un daño corporal o un menoscabo a sus bienes derivado de un acto doloso o negligente de otro, éste, tiene derecho a ser indemnizado.
La indemnización puede establecerla el órgano judicial mediante un procedimiento civil o penal.
La Responsabilidad Extracontractual se basa en el artículo 1.902 del Código Civil, que establece que quien por acción u omisión cause un daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado.
Derechos de los Pasajeros
Ante un Accidente de Tráfico el ocupante o pasajero tiene derecho a una indemnización, bien sea por parte de la Compañía de Seguros de un vehículo tercero causante del siniestro o de la Ccmpañía del vehículo en donde el mismo viaja como pasajero. Dependerá de quien sea el culpable del accidente.
Derechos de los Peatones o ciclistas
El peatón o ciclista que es víctima de un atropello, tiene derecho a percibir asistencia sanitaria además de una indemnización.
Baremo 2013 de Indemnizaciones por Daños producidos en Accidentes de Tráfico