Infracción o delito, ¿en qué quedamos?

Hay un dicho popular que dice que “el que la hace, la paga” para referirse a un tipo de castigo o para justificar la penalización o indemnización por algún descuido o torpeza. Lo que ocurre es que esa misma frase algunos la complementan con otros comentarios como, por ejemplo, dependerá de quién la hace (dicho en términos jurídicos: del autor del hecho) pero no queremos pensar mal. Un poco complejo todo este asunto pero que viene al contexto sobre una noticia que leí hace unos días en donde se comentaba que un alto cargo del Gobierno de Costa Rica, tras conducir supuestamente bajo los efectos de bebidas alcohólicas y sufrir un siniestro de tráfico negociaba su culpabilidad “a la carta”.

Al parecer, resumiendo la noticia, se reconoce que este buen hombre comete una conducción temeraria pero para que no sea juzgado ni sancionado con la suspensión o pérdida del permiso de conducir se le perdona a que realice trabajos sociales, pago a hospitales y a realizar un curso de terapia anti-alcohol con la condición de que no vuelva a conducir. Sin embargo, no sólo mantiene su historial limpio sino que además evita cualquier medida cautelar y la retirada de forma parcial o definitiva de su crédito de puntos disponibles en su permiso de conducir. Pero…, veamos más detalles

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