¿Me pueden sancionar por circular sin seguro?

El único seguro obligatorio del vehículo y que nos pueden exigir es el seguro de responsabilidad obligatoria. Un recibo del seguro que si no se acredita ante los agentes de tráfico, circulando o no, le puede salir muy caro al titular o propietario del vehículo ya que dependiendo del tipo de vehículo así como del tipo de permiso exigido para su conducción la multa puede rondar entre los 650 euros y 2800 euros.

Actualmente, circular sin seguro no está sancionado como delito o falta por el Código Penal, a diferencia de lo que ocurre si conducimos sin permiso de conducir, con temeridad manifiesta, superando de manera excesiva la velocidad genérica o específica de la vía, circulamos superando las tasas establecidas de alcoholemia o bajo la influencia de drogas. Lo cierto es que si los agentes de tráfico averiguan que carecemos o circulamos sin el seguro obligatorio del vehículo además de la sanción económica nos pueden inmovilizar el vehículo

Fuente: Circula Seguro