¿Me pueden sancionar por no llevar en el vehículo algún accesorio o repuesto?

Mientras que los vehículos con motor tengan ruedas no les queda otra que llevar una dotación mínima de elementos útiles para poder circular con seguridad. Se trata de accesorios, dispositivos, repuestos y herramientas que tenemos que llevar en nuestro vehículo, no por capricho sino, porque elReglamento General de Vehículos, en su anexo XII, nos obliga en algunos casos y en otros, nos recomienda.

Unos elementos de seguridad como, por ejemplo, dispositivos portátiles de pre-señalización de peligro, chalecos reflectantes de alta visibilidad, rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para su cambio, pueden ser obligados para algunos tipos de vehículos. Otros, no menos importantes como, por ejemplo, un botiquín sanitario o un equipo de extinción de incendios pueden ser además, necesarios.

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